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Las nacionalidades y pueblos - Las comunidades - Los hogares - La filosofía de las Nacionalidades y Pueblos - El ‘Buen Vivir’ en perspectiva - La equidad - La inequidad económica - Participación y autonomía - Pluralidad e interculturalidad - Los Derechos Colectivos - La vulnerabilidad de los derechos

1. Las Nacionalidades y Pueblos

Las nacionalidades y pueblos: - Volver al comienzo -

Según la definición adoptada por el CODENPE, se entiende por nacionalidad "al pueblo o conjunto de pueblos milenarios anteriores y constitutivos del Estado ecuatoriano, que se autodefinen como tales, que tienen una identidad histórica, idioma y cultura comunes, que viven en un territorio determinado mediante sus instituciones y formas tradicionales de organización social, económica, jurídica, política y ejercicio de autoridad".
El concepto de nacionalidad no es sinónimo de Nación, ni se contrapone a ella. La Nación es una categoría del Estado, que implica sentido de pertenencia a un territorio soberano, mientras que la nacionalidad alude a la unidad histórica, de lengua, cultura y formas propias de ejercicio social, lo que implica que en una Nación pueden existir una diversidad de nacionalidades, sin afectar su soberanía y su existencia como unidad.
Los pueblos indígenas, en cambio, se definen como las "colectividades originarias, conformadas por comunidades o centros con identidades culturales que les distinguen de otros sectores de la sociedad ecuatoriana, regidos por sistemas propios de organización social, económica, política y legal"
Es decir que en una nacionalidad pueden existir diversos pueblos, que mantienen las características esenciales de ella, como es su idioma por ejemplo, pero que tienen otros elementos que los diferencian.

Las comunidades:- Volver al comienzo -

La comunidad es la unidad básica donde se desarrollan y reproducen todas las prácticas culturales, que caracterizan a un pueblo y/o nacionalidad. Constituye el conjunto de familias asentadas en un territorio determinado, que se identifican como parte de un pueblo y/o nacionalidad, que basan su modo de vida en una práctica colectiva de reciprocidad y solidaridad, con un sistema de organización político, administrativo, espiritual y cultural colectivos.

Los hogares: - Volver al comienzo -

Por lo general en los sistemas estadísticos la definición de hogar está relacionada directamente con las personas que residen en una misma vivienda y que comparten los alimentos. En este sentido, el hogar puede estar conformado por una persona o grupo de personas que residen habitualmente en la misma vivienda, unidas o no por lazos de parentesco.

Las nacionalidades y pueblos presentan una diversidad de sistemas de parentesco y de organización social, aspecto que determina también la existencia de una diversidad de comprensiones sobre lo que constituye el hogar.

La familia es el eje de las comunidades. Una familia puede ser una comunidad. Esto significa que cuando se habla de una familia en la comprensión india, ésta no incluye solo a los miembros de la familia nuclear, si no que se extiende en una dimensión más amplia involucrando también a la familia política. De allí se organizan los lazos de parentesco que involucran a otras familias para la constitución del tejido societario. La economía, el conocimiento, la política, el poder, la espiritualidad, etc., se ejercen enmarcados en las relaciones de parentesco. Son estas relaciones las que cohesionan y fortalecen la identidad de una comunidad, pueblo y nacionalidad.

2. La filosofía de las Nacionalidades y Pueblos - Volver al comienzo -

* La ‘Vida Armónica’ o el ‘Buen Vivir’

El objetivo que busca alcanzar el proceso de autonomía formulado por las nacionalidades y pueblos se enmarca en una filosofía de vida, entendida como la filosofía de la ‘vida armónica’ o el ‘buen vivir’.

La condición para ello, en la actualidad, es la vigencia práctica de los derechos colectivos. El respeto, el cumplimiento y el ejercicio de los derechos, como por ejemplo, el de mantener y usar las posesiones territoriales ancestrales –que es el derecho primordial para que otros derechos puedan ser posibles- significa que existe la base cultural, histórica, política, social y económica, generadora del buen vivir integral.

Tradicionalmente la ‘Vida Armónica’ o el ‘Buen Vivir’ es concebido de la siguiente manera:

El territorio es el espacio vital que reúne historia, presente y futuro. Por ello constituye el cosmos, es decir el único espacio para la vida de todas las vidas. De ahí que la ‘vida armónica o buen vivir’ se sustenta en una búsqueda permanente de la ‘tierra prodigiosa’ o ‘tierra sin mal’. Esta búsqueda implica una profunda comunión de la persona con el entorno, de donde emerge el conocimiento sobre la conducta ética individual y colectiva que norma las relaciones, el uso y el manejo del entorno. Nacen también los conocimientos sobre la rotación cíclica de los cultivos, el carácter y la naturaleza de los asentamientos comunitarios que, dependiendo del pueblo, resultan itinerantes.

Un estilo de vida basado en dichas normas y conocimientos, permite una constante renovación y recreación de los suelos, del territorio y sus vidas. Evitando así, cualquier alteración como la contaminación o depredación, en el marco de un equilibrio y diálogo permanente entre la persona y la dimensión espiritual de la naturaleza. Todo esto representa la esencia de la ‘vida armónica" o "buen vivir’, basado en el carácter igualitario, solidario y recíproco de la sociedad. No hay buen vivir sin tierra sin mal. No hay tierra sin mal sin diálogo con el entorno.

El ‘Buen Vivir’ en perspectiva - Volver al comienzo -

Sin duda la filosofía del ‘buen vivir’, pese a las transformaciones socio-culturales de las nacionalidades y pueblos, mantiene su esencia espiritual como elemento de identidad y resistencia. No obstante, la enorme presión de la cultura occidental (colonización, despojo de sus recursos) y la ineludible necesidad de relacionamiento con ella, han provocado modificaciones ostensibles, en mayor o menor grado, en los estilos de vida indígena y, en las concepciones acerca del bienestar familiar y comunitario.

Esto ocurre en el contexto de enormes dificultades, que las familias y comunidades indígenas deben enfrentar al momento de satisfacer los ‘nuevos requerimientos’ efecto de los cambios y presiones externas. Si se coloca esta situación en una estructura social supremamente inequitativa, excluyente y racista, se evidencia una gran vulnerabilidad de la sociedad indígena en su conjunto a la hora de resolver autónomamente las necesidades como en otros tiempos.

Por ello cabe formular una aproximación de lo que la construcción del ‘buen vivir’ o la ‘vida armónica’ implica en la actualidad y en el futuro. Sin que aquello signifique que las familias indígenas de las nacionalidades y pueblos, asuman un cambio radical de su filosofía, hábitos y estilos de vida, bajo los criterios occidentales de la supuesta modernidad, ya que aquello supondría una suerte de renunciamiento a la propia cosmovisión. Entonces cabe encontrar vías intermedias del ‘buen vivir’ sustentado en los ejes fundamentales de la propia filosofía ancestral.

Para las nacionalidades y pueblos antes, hoy y en el futuro, el territorio y la tierra seguirán siendo el espacio vital para continuar viviendo como tales. A tal efecto, se requiere la garantía por parte del Estado para el reconocimiento de las posesiones ancestrales, así como de las nuevas y de las futuras posesiones.

Al diálogo con el entorno generador del equilibrio y conocimiento, debe sumarse el ejercicio de los derechos de las nacionalidades y pueblos indígenas a una educación escolarizada de calidad, que en sinergia con los conocimientos tradicionales, constituyan el mayor sustento para generar una vida de calidad consolidando su identidad.

Consustancial a este aspecto es el respeto al patrimonio intelectual colectivo de los pueblos indígenas, en particular aquel asociado a la diversidad biológica, en cuya práctica radica la salud física, espiritual y emocional. A ello debe sumarse una bien compatibilizada política estatal en el campo de la salud (política de salud intercultural), a fin de que ésta se desarrolle bajo el concepto holístico que posee la cultura indígena, y lograr de esa manera que la salud sea sostenible y los servicios externos de excelente calidad. En esta misma línea convergen los servicios de agua saludable y otros que, en muchos casos, resultan fundamentales para las familias y comunidades, como la energía fotovoltaica (solar).

En el contexto de la búsqueda de la tierra sin mal debe respetarse el derecho de los pueblos indígenas a manejar los recursos de sus territorios, ya sea para autoconsumo como para el intercambio, en función de su soberanía alimentaria, para lo cual se requiere el apoyo de los organismos estatales y ONG’s a los proyectos de vida que las propias familias, comunidades, pueblos y nacionalidades planteen. Siendo la economía uno de los ejes de los proyectos de vida, resulta imprescindible que las comunidades y pueblos indígenas, cuenten con los recursos y la infraestructura necesaria a fin de dinamizar los procesos de formación, productivos y de intercambio, en cuyo contexto se incluyen las telecomunicaciones y los medios de transporte.

Se requiere el respeto del mundo entero al derecho de los pueblos indígenas a planificar su futuro en el ordenamiento de su territorio. Por ello es necesario un acuerdo ético entre el Estado y los pueblos indígenas para el manejo de los recursos no renovables como por ejemplo el petróleo.

Otro componente para el proceso del ‘buen vivir’ es el que las nacionalidades y pueblos ejerzan y consoliden las propias normas de convivencia interna como condición de consolidación societal colectiva.

Recuperar y consolidar el rol de la familia como elemento integrador de la sociedad indígena a fin de que la economía, el conocimiento, la salud, la política, las artes, la espiritualidad y los valores cuenten con ejes de alimentación y retroalimentación.

Estos son aspectos que, en la actualidad y con miras al futuro, las nacionalidades y pueblos conciben como básicos para alcanzar el ‘buen vivir’.

La pobreza entendida convencionalmente como la ausencia o precariedad de recursos monetarios o de bienes materiales y/o servicios, pueden no ser concebidos como tales en grupos sociales (indígenas) con poca influencia o dependencia de los centros urbanos y del mercado. No obstante las situaciones que impiden a las personas, familias y al pueblo indígena ejercer sus derechos y satisfacer sus necesidades básicas, son fundamentalmente una condición de pobreza.

Las categorías convencionales de medición de la pobreza son aplicables sobre todo en sectores indígenas cuyas economías presentan una mayor articulación al mercado y de hecho deben formar parte del SIDENPE.

Sin embargo, se torna imprescindible desarrollar indicadores específicos para medir los niveles de bienestar desde la concepción de las nacionalidades y pueblos, que permitan además analizar el grado de vigencia (ejercicio y cumplimiento) de los derechos colectivos.

La equidad - Volver al comienzo -

Un uso fundamental de todo esfuerzo informativo en el país debe ser la promoción de políticas de equidad social.

El SIDENPE asume como criterio fundamental la equidad, entendida sobre la base del respeto a la diversidad. Igualdad y unidad de lo diverso. Las políticas indigenistas del Estado, aplicadas a partir de los años 50’s, amparadas en un supuesto objetivo de igualdad, estuvieron orientadas a promover la integración de los indígenas bajo la consideración de que la garantía para mejorar sus condiciones de vida era la de participar en la vida nacional mediante un proceso paulatino de asimilación a la cultura dominante. El reconocimiento de la diversidad, desde esta óptica, es entendido como una amenaza a la unidad del Estado.

Los supuestos en los cuales se basaba esta concepción era la comprensión de un espacio propio, el de la nación homogénea, entendida indistintamente como Estado, y en la consecuente equiparación entre igualdad ciudadana (ciudadanos iguales con iguales derechos) con unidad nacional.

No solamente la débil aplicación de los derechos ciudadanos, individuales, a los pueblos indígenas explica la discriminación de la que son objeto, sino ante todo porque estos derechos por sí solos constituyen una protección insuficiente, dado el carácter colectivo y ancestral de sus características en tanto pueblos. Ya que, como bien señala F. Mackay, “... la protección y el disfrute de ciertos derechos, como por ejemplo los culturales, dependen de la protección simultánea del grupo o del pueblo como un todo, además de sus miembros individuales”. Y este es el sentido que tienen los derechos colectivos.

La Constitución, a partir de 1998, reconoce el carácter plural de la sociedad ecuatoriana, sustancial avance que supone la comprensión de que la unidad de la nación descansa precisamente en el respeto y reconocimiento de la diversidad. De ahí el mandato constitucional que establece entre los deberes primordiales del Estado el “Fortalecer la unidad nacional en la diversidad” (Constitución, artículo 3) y establece derechos colectivos para los pueblos indígenas y para los pueblos negros, que deben ser garantizados también por el Estado.

"Los derechos colectivos no son la mera suma de derechos subjetivos individuales, sino que se caracterizan por ser derechos que pertenecen a un grupo sin pertenecer a ninguno de sus miembros en especial; cada miembro es obligado a promover su defensa, que beneficia a todos. Estos derechos son indivisibles entre sus titulares, una eventual división del objeto, hará que los titulares del todo continúen titulares de las partes; no son objeto de alienación, son imprescriptibles, inembargables, no hipotecables e intransferibles. "(Marés, C.F. 1997).

"Estos derechos pueden ser invocados sólo por el grupo en su conjunto, o a través de su representante; son aplicables por ejemplo al territorio, a la autonomía y al autogobierno. Hay otra variante de derechos colectivos que pueden ser invocados y ejercidos ya sea por todo el grupo o por sus miembros de manera individual, por ello son considerados derechos de doble posición, aplicables por ejemplo a actividades de subsistencia, a prácticas religiosas, médicas y otras prácticas culturales." (F. Mackay, 1999).

Las nacionalidades y pueblos, en el transcurso de la historia republicana, han resultado ausentes, ya sea como ciudadanos con derechos individuales o como grupos sociales específicos; esto se ha reflejado, entre otros campos, en las políticas de Estado. La identificación más común asignada a la población india ha sido generalmente bajo el genérico de campesinos. En consecuencia la forma de intervención impulsada por el Estado y por otros agentes externos ha sido vertical, sin que en la aplicación de las políticas y estrategias exista una discriminación positiva, constructiva, que considere la identidad cultural como elemento fundamental de la cotidianidad y el futuro de las comunidades.
La ausencia de equidad, entendida como igualdad y unidad en la diversidad, es un problema estructural, histórico e integral, que se manifiesta en tres aspectos íntimamente relacionados: la inequidad económica, la discriminación cultural y la exclusión política.

La inequidad económica - Volver al comienzo -

Determinada, por un lado, por un conjunto de condiciones históricas que condujeron a la subordinación de gran parte de los pueblos indígenas, sobre todo andinos, a relaciones de dominación, al despojo de sus tierras y al deterioro paulatino de sus medios de subsistencia. La lucha por la tierra en los andes y la defensa de los territorios en la costa y amazonia llevada a cabo por las organizaciones indígenas, así como las políticas de reforma agraria y de legalización de la tierra impulsadas por el Estado, en las cuatro últimas décadas del siglo pasado como parte del proceso de modificación capitalista del agro, han contribuido a atenuar de manera parcial el grave problema de la desigual distribución de la tierra, el cual incide aún en las condiciones de marginación y pobreza de muchos de los sectores indígenas.

La inequidad, en el caso de los pueblos indígenas, se manifiesta como una brecha respecto de otros sectores de población en los indicadores de desarrollo. Este fenómeno, además de tener un origen en problemas acumulados históricamente, tiende a agudizarse en el actual contexto de globalización, que abre nuevas contradicciones inherentes a los términos desiguales de intercambio del mercado, así como por la ampliación de proyectos de explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas.

Evidentemente la acumulación ha generado incapacidades estructurales que profundizan la inequidad, condición que afecta de manera general a la gran mayoría de la población ecuatoriana, incluida la población de las nacionalidades y pueblos. En algunos de ellos, las transformaciones agrarias de las últimas décadas han generado procesos de diferenciación social interna, llegando incluso a conformarse diversos estratos sociales a su interior con diferentes condiciones económicas para su reproducción.

Otro aspecto a tomarse en cuenta de la inequidad económica, es la concepción del desarrollo desde una visión unívoca que atropella las características específicas de las economías de las nacionalidades y pueblos. No sólo la falta de atención por parte del Estado a las nacionalidades y pueblos incide en la inequidad, sino además el hecho de que las escasas intervenciones han impuesto modelos de desarrollo ajenos a las prioridades indígenas, a su organización social y a la comprensión del sentido de la vida que poseen. Esto ha incidido en la pérdida de estrategias para el manejo de la biodiversidad milenariamente desarrolladas, en el debilitamiento de las formas de relación social en torno a la producción, que constituyen no sólo mecanismos de reciprocidad y de redistribución, sino también elementos indispensables para la reproducción social y cultural.

La Constitución a partir de 1998, reconoce esta limitación y establece el derecho de los pueblos indígenas de formular prioridades en planes y proyectos para el desarrollo y mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales; y a tener un adecuado financiamiento del Estado (artículo 83, numeral 13).

Asumir este mandato constitucional supone abandonar la idea de que la pobreza se explica por la diferencia cultural, así como las políticas de integración y asimilación cultural orientadas al combate a la pobreza. Por el contrario, supone reconocer que en la diversidad cultural hay un enorme potencial para el desarrollo nacional, no sólo de las nacionalidades y pueblos sino de la sociedad ecuatoriana en su conjunto.


Participación y autonomía - Volver al comienzo -

La exclusión política constituye otro de los factores que incide en la falta de equidad.

No existe mayor discriminación, desigualdad y pobreza que aquella que deriva de la marginación de las decisiones de carácter político.

"Se entiende como exclusión política al fenómeno por el cual una parte de la población es dejada fuera de los mecanismos de participación y de representación de sus intereses en la arena política, porque sus estructuras organizativas y sus formas de representación no tienen cabida en la operación del sistema democrático tal como está organizado en nuestros países. La exclusión política proviene de una democracia que todavía es insuficiente porque es poco inclusiva de la diversidad social y cultural. Nuestras sociedades muestran un tipo de desarrollo democrático que ha dejado fuera del juego a las instituciones tradicionales de representación y organización social indígena, basadas en nexos de carácter cultural, étnico o regional. Mientras tanto, el control sobre la cultura propia, indispensable para el mantenimiento de la misma y como sustento de una identidad cultural específica, requiere el ejercicio de decisiones autónomas por parte de cada pueblo." (Iturralde, D. 2000).

Tanto la Constitución, como los instrumentos internacionales específicos sobre derechos indígenas (el Convenio 169 de la OIT y los proyectos de Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y de la OEA), reconocen la necesidad de que los pueblos controlen sus instituciones propias dentro del Estado en el que viven, sus formas de organización social, sus sistemas de autoridad con competencia y jurisdicción interna, sus sistemas de salud, educación y administración de justicia; también establecen los principios de participación y consulta en la toma de decisiones y el control sobre su desarrollo social y cultural; así como el derecho a participar en la política nacional en tanto sujetos colectivos, si así lo desean.

La participación, la autonomía y el autogobierno constituyen la garantía de existencia y desarrollo de los pueblos indígenas, y no son otra cosa que la capacidad para decidir sobre los asuntos fundamentales de sus vidas de acuerdo con su cultura y bajo unas reglas pactadas con el Estado; así como la participación, no solo en tanto ciudadanos, sino en tanto pueblos, en la vida política nacional y en el Estado.

"Los argumentos en contra de las propuestas indígenas de autonomía se remiten regularmente a la necesidad de preservar la unidad de la nación, la integridad territorial como base de un mercado global y la oposición a un régimen de excepciones o fueros en el contexto de un proceso de liberalización. No se repiten estos argumentos, sin embargo, cuando se trata de las autonomías provinciales o municipales impulsadas desde los sectores más comprometidos con el ajuste neoliberal y la globalización. En el juicio a las propuestas indígenas prevalecen los prejuicios infundados de que éstas procuran la atomización de la nación, la supremacía de lo indígena, el estancamiento tecnológico, etc., hasta el punto de devenir en el estereotipo de que los pueblos indígenas son algo así como un enemigo interior a la seguridad del Estado." (Iturralde, D.;2000)

Mas los niveles de autonomía que plantean las nacionalidades y pueblos no entrañan el propósito de constituirse en estados aislados, en goce de una soberanía total, sino la conformación de un estado plurinacional dentro del cual puedan establecer vínculos económicos y administrativos.

La formulación de cada nacionalidad y pueblo de su proyecto de vida, que le permita el ordenamiento de su sociedad y de su territorio y la orientación de las acciones para el desarrollo futuro, así como el perfeccionamiento de destrezas para la gestión, son factores consustanciales de potenciación de las capacidades de respuesta a los problemas y necesidades de las familias y comunidades miembros.

Corresponde a las instancias de autogobierno y administración indígenas generar procesos de amplia participación local para crear políticas y estrategias a corto, mediano y largo plazo que configuren verdaderos proyectos históricos, en cuyo proceso se establezcan sinergias en donde el Estado, sus instancias intermedias y locales, y los pueblos indígenas asuman roles correspondientes a su condición para el cumplimiento de dicho proyecto, en donde el objetivo central sea el cumplimiento de los derechos colectivos.

Pluralidad e interculturalidad - Volver al comienzo -

La discriminación cultural, el tercer aspecto relacionado con la ausencia de equidad, consiste en el conjunto de prácticas que niegan o impiden el goce de derechos en razón de diferencias étnicas o culturales, y que están fundadas en actitudes que comprenden tales diferencias como prejuicios y estereotipos socialmente generalizados.

"La discriminación puede estar enraizada todavía en una actitud racista, pero hoy es más explícita la intolerancia respecto de las diferencias étnicas y culturales, aunque estas no sean más percibidas como diferencias raciales. Se trata de una actitud dominante en los actores políticos y en la opinión pública, que consiste en la negación del derecho de los diferentes a participar del proyecto nacional (su construcción y sus beneficios) desde sus particularidades, ejerciendo un grado razonable de autonomía y reteniendo el control de los recursos y de los procesos sociales y culturales enraizados en sus territorios. Desde este punto de vista la discriminación consistiría en el hecho explícito e intencionado de no marcar la diferencia." (Iturralde, D. 2000).

El reconocimiento constitucional de derechos colectivos para los pueblos indígenas es un avance en la comprensión del pluralismo de la sociedad ecuatoriana. La unidad de lo diverso, principio sobre el cual descansa este reconocimiento, supone una modificación de las relaciones entre los distintos: la interculturalidad, entendida no solo como el respeto y la tolerancia de lo diverso, sino además como un proceso de modificación de las partes en relación. Se trata de un diálogo sobre lo que cada cual puede aportar en una relación intercultural, relación en la que también existen factores en los cuales cada parte puede perder o ceder.

La interculturalidad es una política que está presente, en varias iniciativas desarrolladas por las organizaciones de las nacionalidades y pueblos, conjuntamente con algunas ONG’s en el campo de la salud por ejemplo; aunque aún de manera incipiente también se han desarrollado espacios en el nivel estatal, tales como la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe, y más recientemente la Dirección Nacional de Salud Indígena. Sin embargo, no existen aún respuestas similares en la sociedad en general sobre enfoques interculturales en esos mismos campos.

La pluralidad, con la contrapartida de la interculturalidad, debe comprender varios de los sistemas del Estado. Uno de los aspectos que aún se encuentra por resolver, derivado de la reforma constitucional, es el del reconocimiento del derecho indígena y la consecuente comprensión de la pluralidad del sistema jurídico nacional.

Finalmente, es necesario precisar dos aspectos que suelen confundirse al hablar de la pluralidad del Estado. El primero se relaciona con los cálculos sobre si los indígenas constituyen mayorías o si son minorías. El segundo, a equiparar la diversidad cultural con la racial y por ende el sentido de la discriminación. Al respecto, Bartolomé Clavero (1997) señala que "un argumento que suele interponerse a la idea de configurar verdaderos estados plurales (...) es el de las mayorías y minorías, el cual resulta menos constitucional, aunque aparezca democrático." Una cuestión constitucional tan primaria como la de unos derechos colectivos de alcance constituyente no es cuantitativa, sino cualitativa. No es de demografía, sino precisamente de derecho y de un derecho tal, constitucional. No depende de mayorías ni de minorías, de cuántos sean unos y los otros, los de unas o de los de las otras culturas, sino de que la pluralidad como tal se dé. Mientras ésta persista, tampoco un derecho de cultura se anula por un mestizaje de sociedad. El derecho que se plantea está relacionado con la pluralidad de culturas y entre ellas, no entre razas. Datos como los demográficos pueden ser importantísimos, pero no a efectos del derecho.

Los pueblos y nacionalidades indígenas históricamente se han constituido en reservorio y fuente constante de valores, normas, conductas y tecnologías para el desarrollo nacional. Pero no siempre han sido tratados con equidad ni se les han brindado las oportunidades para su desarrollo sostenible, tanto por parte del Estado como de la sociedad civil. Por ello, ahora más que nunca, frente a los desafíos que impone la globalización y dada la crisis por la que atraviesa nuestro país, es imprescindible tener una comprensión nacional de nuestra historia fundada en valores propios y ancestrales que bien nos puede ayudar para plantearnos de mejor manera la consecución de metas de desarrollo equitativo, plural e intercultural, entendidas también como la creación de oportunidades para aquellos que no las tienen.

3. Los Derechos Colectivos, Condiciones para su ejercicio - Volver al comienzo -

La posibilidad de avanzar en la equidad entendida sobre la base de la igualdad y unidad en la diversidad, y por ende en la aplicación y ejercicio de los derechos colectivos de las nacionalidades y pueblos indígenas, tiene que ver tanto con condiciones externas relacionadas con las políticas públicas y las dinámicas de los contextos locales, nacionales e incluso internacionales, como con condiciones relacionadas con las dinámicas internas de las sociedades de las nacionalidades y pueblos.

Un primer paso en este sentido es identificar el carácter de los espacios internos y los distintos niveles o espacios de interrelación de las sociedades de las nacionalidades y pueblos con los contextos externos.

El espacio interno: comprende las dinámicas y condiciones internas para la reproducción de su sociedad. Estas tienen que ver con su identidad y el ejercicio de la autonomía, mediante el fortalecimiento de sus propias formas de autoridad, su institucionalidad y normatividad para lograr una gobernabilidad interna, así como con las bases materiales, simbólicas y los procesos de reproducción social, cultural y económica.

La interacción con el Estado: con la finalidad de lograr políticas públicas que propendan a la equidad sobre la base del respeto a la diversidad. Es decir la garantía para el ejercicio de los derechos. Esto supone: pluralidad de los sistemas de educación, salud, administración de justicia, economía, política, religión; reconocimiento de la autonomía, expresado en niveles de competencia y jurisdicción para los asuntos de gobierno interno; consulta previa y participación en relación con cualquier decisión administrativa o legislativa que pueda afectarles directamente; participación en los espacios institucionales y en la toma de decisiones del Estado.

La interacción con las dinámicas del conjunto de la sociedad: en distintos planos, económico, político, social, cultural, y a distintos niveles, local, regional, nacional. Esto implica el reconocimiento de las nacionalidades y pueblos como actores importantes de los procesos nacionales y de relaciones animadas por la unidad de la diversidad, la interculturalidad, la creación de espacios conjuntos de participación ciudadana; la equidad en las condiciones y oportunidades de bienestar.

La vulnerabilidad de los derechos - Volver al comienzo -

El carácter de las interrelaciones señaladas, está formulado de manera positiva, es decir como objetivos a ser alcanzados. Sin embargo, cada uno de los espacios supone también relaciones de contradicción que entrañan intereses, políticas, acciones que provocan lesiones o vulnerabilidades para el ejercicio pleno de los derechos.

Así, en el espacio interno, pueden constituirse en factores que conduzcan a la vulnerabilidad de los derechos; por ejemplo, conflictos relacionados con el uso de los recursos de la biodiversidad, o de acceso a la tierra, presiones hacia la propiedad individual que menoscaben el carácter inalienable, imprescriptible e inembargable de los territorios. O en general, conductas y actitudes de la población que manifiesten desinterés por un desarrollo en tanto pueblos o nacionalidades, que entrañen un debilitamiento de su identidad, desvalorización cultural, desconocimiento de los mecanismos internos de control social y de toma de decisiones.

En la interacción con el Estado, la ausencia de políticas y mecanismos que permitan garantizar los derechos colectivos y la equidad. Acciones que tiendan a privilegiar intereses particulares que lesionen las bases materiales indispensables para el desarrollo de los pueblos indígenas y que profundicen la inequidad económica. La desigual distribución de los recursos del Estado y la falta de atención a las comunidades de acuerdo con sus planes de vida y necesidades, a los programas de salud, de educación y otros programas interculturales. La ausencia de mecanismos que permitan adecuar el sistema político para lograr una plena participación de las nacionalidades y pueblos; el desconocimiento de la competencia y jurisdicción de las autoridades indígenas y del derecho indígena, que profundicen los niveles de exclusión política.

En los espacios de interacción con las dinámicas del conjunto de la sociedad, la discriminación cultural, el racismo y la intolerancia hacia la diversidad. La persistencia de formas de dominio, la presión sobre los territorios de las nacionalidades y pueblos y sobre los recursos naturales existentes en ellos, el debilitamiento de la institucionalidad y de la cohesión interna; el debilitamiento de sus sistemas de socialización, salud, administración de justicia, constituyen factores que vulneran los derechos colectivos y lesionan las bases para lograr la equidad, la unidad de la diversidad y la interculturalidad.

   
 

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